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Argentina
El Gobierno oficializó la baja en las retenciones
El Gobierno publicó el decreto en el Boletín Oficial donde se detalla cuánto tributará cada uno de los productos; para acceder al beneficio, que se extiende hasta el 30 de junio, hay que liquidar el 95% de lo que se declaró en 15 días hábiles.

Martes 28 de Enero de 2025

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El decreto 38/25 fue publicado el 27 de enero de 2025 en el Boletín Oficial.




Establece que, desde su publicación, hasta el 30 de junio, los productos exportables más importantes que vende al exterior el campo argentino pagarán menos derechos de exportación.



Ahora bien, no todos accederán a la rebaja. Sucede que la misma norma, establece una condición para tributar menos por cada tonelada exportada.

Las cerealeras o las empresas que vendan fuera de las fronteras argentina deberán adherirse al régimen, hacer una nueva declaración jurada con los volúmenes y luego, liquidar al menos el 95% de lo declarado en 15 días hábiles. De no ser así, las retenciones que se cobran son las vigentes hasta ayer.





Luego de que el Gobierno decidiera realizar una reducción temporal de las retenciones hasta el 30 de junio próximo, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) reglamentó el proceso de liquidación de divisas y dio a conocer una serie de modificaciones a través de la resolución general 5643, que impactan directamente en el sector agropecuario y en el régimen de exportaciones de productos agrícolas.



Según las modificaciones introducidas por la nueva normativa, el beneficio de la reducción de Derechos de Exportación (DEX) se da con el cumplimiento de una condición: la liquidación de al menos el 95% de las divisas correspondientes a las exportaciones, conforme lo estipula el decreto 38 del 25 de enero pasado. Así se publicó en el Boletín Oficial la normativa que lleva la firma de Juan Pazo, director ejecutivo de ARCA.



Fuente: La Nación - Aires Buenos